Hombre sonriente con un niño en la espalda caminando por una ciudad

 

El permiso de lactancia es un beneficio para los empleados que han sido padres, permitiéndoles disfrutarlo hasta que el bebé cumple 9 meses. En algunos casos, puede extenderse hasta los 12 meses si ambos progenitores ejercen este derecho con la misma duración y régimen.

En los últimos años ha sido un tema en el cual se han llevado diferentes modificaciones legales que, tanto empresa como trabajador, deben conocer. Por lo que a continuación, desde Randstad, te explicamos cómo funciona actualmente y en qué consiste.

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¿qué es el permiso de lactancia?

El permiso de lactancia, es un derecho que se concede al empleado o empleada que ha sido padre o madre, ya sea de forma natural, a través de la adopción o por guarda y custodia, y hasta que el bebé tiene 9 o 12 meses de edad.

Este permiso se activa cuando finaliza el permiso de paternidad o maternidad, y consiste en un tiempo máximo de 1 hora diaria, sin importar el tipo de contrato que se tenga.

Es un permiso retribuido que puede dividirse en dos fracciones o, por el contrario, sumar todas las horas y ampliar el tiempo para la crianza del bebé tras finalizar el de paternidad o maternidad.

Está regulado por el Real Decreto Ley Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

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novedades en el disfrute del permiso de lactancia

El Real Decreto Ley ha ido evolucionando con el paso de los años. Antes de llevarse a cabo las últimas modificaciones, el permiso de lactancia venía definido en el Convenio Colectivo o se otorgaba si se había acordado con la empresa al firmar el contrato de trabajo. Sin embargo, con las nuevas modificaciones, este permiso se ha ajustado a la realidad social y se han ampliado y modificado aspectos que antes generaban controversia.

Uno de ellos es que, ahora, es por ley. Por lo que todo aquel trabajador que haya tenido un hijo, puede solicitarlo aunque no lo establezca el convenio colectivo o no se haya firmado previamente por contrato.

Además, otro de los cambios importantes a destacar, es que las horas de permiso de lactancia pueden acumularse para disfrutarlas de forma seguida una vez finalice el permiso de maternidad o paternidad.

El Gobierno modificó el Decreto ampliándolo a los casos de nacimiento natural, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento y, además, ya no sólo es la madre quien tiene derecho a solicitarlo, sino que el padre también. Por lo que ambos progenitores pueden repartir las horas de este permiso en función de sus necesidades y su conciliación familiar

Así, el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores se modifica permitiendo a todos los trabajadores todas las formas de disfrute del permiso por tener un lactante, incluyendo la acumulación de horas retribuidas de ausencia.

Solicitarlo ya no está supeditado a un acuerdo, sino que se convierte en un derecho automático. 

Con este cambio sustancial el Gobierno cumple con la normativa de la Directiva UE 2019/1158 del Parlamento Europeo.

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¿quiénes tienen derecho al permiso de lactancia?

Con todas las modificaciones que se han hecho, actualmente las personas que tienen derecho a pedir el permiso de lactancia son:

  • Hombres y mujeres que estén trabajando y tengan a su cargo un bebé de hasta 9 o 12 meses.
  • Padres y madres que hayan tenido un hijo de forma natural.
  • Padres y madres que hayan tenido un hijo a través de la adopción.
  • Padres y madres que hayan tenido un hijo a través de guarda con fines de adopción o acogimiento.
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¿cómo puede aplicarse el permiso de lactancia en una empresa?

Dado que el permiso de lactancia es un derecho para cualquier trabajador, las empresas deben de implementar la baja por lactancia en sus políticas laborales. 

El tiempo es de una hora diaria que puede repartirse en dos fracciones de media hora cada una, hasta que la criatura cumpla los 9 meses de edad.

Las empresas están obligadas por ley a facilitar el permiso y lo puede hacer de los siguientes modos:

  • Facilitando la flexibilidad horaria, para que el trabajador pueda entrar 1 hora más tarde o salir una hora más tarde.
  • Permitiendo el teletrabajo.
  • Proporcionar espacios acondicionados para dicho fin en la propia empresa, donde haya nevera para la extracción y mantenimiento de la leche.
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¿cómo se solicita el permiso de lactancia?

Para solicitar el permiso de lactancia es recomendable hacerlo por escrito con un mínimo de 15 días antes de la fecha de comienzo de éste.

En la solicitud debe venir definida la fecha de comienzo y la duración de éste.

Deberá venir recogido en el escrito también el tipo de permiso elegido, es decir, si se quiere disfrutar del mismo durante la jornada laboral, solicitando la reducción de jornada. O compactar todas las horas de lactancia y disfrutarlas de forma continua al finalizar el permiso de paternidad o maternidad.

Es importante entregar a la empresa toda la documentación que ésta solicite, incluyendo el certificado de nacimiento.

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¿cómo calcular el permiso de lactancia?

Para poder realizar el cálculo del permiso de lactancia hay que tener en cuenta que tipo de permiso se quiere solicitar, y si se trata de un permiso de 9 o de 12 meses.

Así mismo también se debe tener en cuenta el tipo de jornada laboral, si es de lunes a viernes o diferente.

En el caso de lunes a viernes, el cálculo es sencillo: cinco días trabajados, por una hora de permiso de lactancia, supone un total de 5 horas semanales.

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¿es compatible con otras licencias?

El disfrute del permiso de lactancia puede ser compatible con otros beneficios derivados del cuidado de los hijos.

Los trabajadores con hijos menores de 12 años se pueden acoger, por ejemplo, a la reducción de jornada laboral, a pesar de que esta conlleva una reducción salarial.

También se puede compatibilizar el periodo vacacional con el permiso de lactancia cuando se escoge la opción de acumulación de horas.

Sólo existe un caso de incompatibilidad en el permiso de lactancia, que es la solicitud de una excedencia para el cuidado de los hijos menores de tres años.

Tras las modificaciones del Real Decreto Ley, el permiso de lactancia puede ser disfrutado por ambos progenitores, y ya no supone una limitación de derecho al padre. Sino que ambos pueden disfrutarlo y compatibilizarlo. Por lo que las empresas no pueden negarles a sus trabajadores este derecho. Además, puede ser compatible con otros tipos de derechos de disfrute cuando el trabajador tiene a su cargo un hijo menor, lo que permite la conciliación familiar, sin tener que estar supeditada a un Convenio Colectivo o a un acuerdo pactado entre empleador y empleado.